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Contraloría General de la República halla responsables fiscales a trabajadores del Hospital San Vicente

La Contraloría General de la República mediante un auto, el 0034 del 01 de febrero de 2019, halló como presuntos responsables a varios funcionarios y contratista, por el detrimento patrimonial por el Contrato 050 de 2011 el que tuvo sobrecostos por 307 millones de pesos.

En ente de control halla como responsables fiscales al médico Luis Hernando Ballestero Gutiérrez, en calidad de Director de la ESE Hospital San Vicente de Arauca, quien para la época de los hechos suscribió el Contrato 050 de 2011. 

También se relacionan a Luis Alfonso Lázaro Suárez, en calidad de Contratista, representante legal de la firma Ingeniería Biomédica, a Elkin Javier Caropresse Saavedra, en calidad de Asesor Jurídico, integrante del Comité de Compras o Adquisición de Bienes y Servicios del Hospital San Vicente de Arauca para la época de los hechos.

En estos hechos se halla como responsable fiscal, el actual director del Hospital San Vicente de Arauca, Raúl Fernando García Loyo, quien se desempeñaba para la época como Subdirector Administrativo, integrante del Comité de Compras o Adquisición de Bienes y Servicios del centro asistencial. También aparece relacionada la señora Lucy Mojica López, quien actuaba como representante de los usuarios e integrante del mismo comité de compras de esta institución de salud.

Figuran en esta misma lista, Carlos Alberto Mora Díaz, en su calidad de Líder Financiero e integrante del comité de compras o adquisición de bienes y servicios del hospital de Arauca, así como María Lilia Pinzón Rivera, Almacenista General e integrante del comité de compras, como también, Edward de Jesús Mercado Maestre, en calidad de representante de los empleados, integrante del comité, como Néstor Raúl Arcila Sepúlveda, en calidad de Químico Farmacéutico y miembro del mismo comité de compras.

La misma Contraloría General de la República, involucra como terceros civilmente responsables a Seguros Generales Suaramericana S.A. por la póliza de cumplimiento por un valor asegurado de 404 millones 422 miol 270 pesos, así como a la Compañía de Seguros La Previsora.

La investigación de este proceso, se dio en la Contraloría Delegada Intersectorial No. 15, Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción. La cuantía del contrato es de 307 millones, 732 mil 855 pesos con 26 centavos.

En esta actuación se demostró que la existencia del daño al patrimonio consistente en l adquisición con sobrecostos de los antibióticos adquiridos bajo el contrato de compra venta No. 050 de 2011. El despacho asiente la razón por la cual se falla con responsabilidad fiscal en contra de los vinculados al proceso, entendiéndose miembros permanentes del Comité de Compras, Director de la ESE en calidad de ordenador del gasto y contratista, y se llama a responder a la aseguradora que expidió la póliza de manejo global sector oficial, pues se acreditó que sus conductas fueron causales del daño.

Para la Contraloría, quienes conformaron el Comité de Compras de manera permanente y en dicho ejercicio emitieron recomendación para la celebración del contrato de compras No. 050 de 2011, actuaron con ocasión de la gestión fiscal, pues contribuyeron con su producto a la escogencia de una propuesta con costos sobre dimensionados, lo que generó el daño patrimonial en razón a dichos sobrecostos

En el resuelve de este auto, determina REVOCAR el fallo con responsabilidad fiscal adoptado mediante auto No. 1463 del 1 de noviembre de 2018, proferido por la Contraloría Delegada Intersectorial No. 15 grupo para el conocimiento y trámite del proceso de Responsabilidad Fiscal – Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción al señor Néstor Raúl Arcila Sepúlveda y en su lugar, fallar sin responsabilidad Fiscal a favor del mismo.

Por u parte, el auto CONFIRMAR en sede de consulta la decisión de desvinculación de la compañía Seguros Generales Suramericana S.A. como también CONFIRMAR  en sede der apelación el fallo de responsabilidad fiscal adoptado mediante auto 1463 del 1 de noviembre de 2018 proferido por la Contraloría Delegada Intersectorial No. 15 Grupo para el Conocimiento y trámite del proceso de responsabilidad Fiscal – Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción, mediante el cual se declaró la responsabilidad fiscal entre otros, a las siguientes personas de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia:

Luis Hernando Ballesteros Gutiérrez, Elkin Javier Caropresse Saavedra, Raúl Fernando García Loyo, María Lilia Pinzón de Rivera y Edward de Jesús Mercado Maestre.

En su artículo cuatro, el fallo confirma con responsabilidad fiscal adoptado con el cual se declaró tercero civilmente responsable  a la Compañía de Seguros La Previsora S.A en virtud de las pólizas de manejo global sector oficial por el daño patrimonial, conforme lo indica la parte motiva de esta decisión.

En el artículo quinto se RECHAZA, por improcedentes las solicitudes de nulidad y de revocatoria directa interpuesta por los responsables fiscales de conformidad con lo señalado en la parte motiva del presente proveído:

Elkin Javier Caropresse Saavedra, la del abogado Lodwil Duván Torres Arteaga, apoderado de los señores Edward de Jesús Mercado Maestre, Raúl Fernando García Loyo, Luis Hernando Ballesteros Gutiérrez y Néstor Raúl Arcila Sepúlveda. Contra la presente providencia no procede recurso alguno, dice este auto, fírmalo por Carlos Felipe Córdoba Larrarte, Contralor General de la República.

Ahora se espera la sanción e inhabilidad que adopte la Procuraduría General de la nación para estos funcionarios hallados responsables fiscales de este detrimento patrimonial.

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