Este 1 de mayo, el gobierno del presidente Gustavo Petro radicó ante el Senado una propuesta de consulta popular para reglamentar algunos puntos de la reforma laboral que se hundió en el Congreso. Ante las dudas ciudadanas sobre los pasos que siguen y las implicaciones legales de este mecanismo, en Caracol Radio consultamos al profesor Gonzalo Ramírez Cleves, especialista en derecho constitucional de la Universidad Externado de Colombia, quien explicó de manera clara lo que viene para la consulta popular.
¿Qué sigue tras la radicación de la consulta?
Según Ramírez Cleves, lo que viene ahora está claramente estipulado en la Constitución Política y en la Ley 134 de 1994, que regula los mecanismos de participación ciudadana. Luego de que el presidente radicó la propuesta ante el Congreso, el Senado tiene 20 días hábiles para aprobarla o rechazarla, con la posibilidad de una prórroga de 10 días más.
Para su aprobación, se requiere el voto afirmativo de la mayoría absoluta del Senado, es decir, la mitad más uno de sus miembros. Actualmente, esto equivale a al menos 55 votos positivos, si se toma como referencia que el Senado está compuesto por 105 miembros.
¿Qué pasa si el Senado aprueba la consulta?
Si la iniciativa es aprobada por el Senado, la propuesta pasa a revisión de la Corte Constitucional, la cual evaluará varios aspectos:
- Que las preguntas no induzcan la respuesta.
- Que se haya cumplido el procedimiento legal.
- Que no haya vicios de forma ni fondo.
Si la Corte le da luz verde, la consulta popular se convoca a la ciudadanía. Para que tenga efecto vinculante, debe participar al menos la cuarta parte del censo electoral y debe ganar el “sí” con mayoría simple.
Aunque no es un referendo —que aprueba un articulado específico de ley—, el profesor Ramírez señala que sí es vinculante en términos temáticos: “Si gana el sí, el Congreso tiene la obligación política y jurídica de tramitar una ley que refleje lo aprobado por los ciudadanos, aunque no se trate aún de un texto legislativo”.
¿Qué pasa si el Senado no aprueba la consulta?
Aquí se abre un vacío legal. Si el Senado rechaza la propuesta, el proceso se detiene. Pero si no la aprueba ni la rechaza dentro del plazo legal, el presidente Petro ha sugerido que podría expedir un decreto para convocar directamente a la ciudadanía, lo cual genera un debate constitucional.
“El presidente ha dicho que, si el Congreso no actúa, expedirá un decreto. Pero esto no está contemplado claramente en la ley, y podría considerarse que se está eludiendo la función que la Constitución le asigna al Congreso”, advierte Ramírez Cleves. A su juicio, el Ejecutivo no puede reemplazar al Legislativo en este trámite.
¿Qué puede hacer el Gobierno si no se aprueba?
En caso de que el Congreso no apruebe la consulta o no actúe, el Gobierno tendría que presentar nuevamente un proyecto de ley, posiblemente bajo una ley estatutaria por tratarse de temas relacionados con derechos fundamentales como el trabajo. Este tipo de leyes requiere mayorías cualificadas y un trámite más riguroso.
“La legislatura actual termina el 20 de junio. Hay tiempo, pero si se quiere actuar, el Congreso debe acelerar el proceso y avanzar en los debates necesarios”, concluye el profesor.