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Consejo de Estado suspende decreto que creaba un nuevo Modelo de Salud en Colombia

El Consejo de Estado, Sección Primera, declaró la suspensión provisional del Decreto 0858 de 2025, que buscaba implementar el nuevo Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo en Colombia.

La corporación encontró que el Gobierno Nacional estaría extralimitando sus facultades reglamentarias y habría violado el principio de reserva de ley, por lo que decidió suspender la aplicación de este nuevo modelo de salud mientras se estudia la demanda de fondo.

Entre los argumentos del demandante, el representante Andrés Forero, se alega que el gobierno se extralimitó al regular elementos estructurales del Sistema de Seguridad Social en Salud, lo cual es competencia exclusiva del Congreso de la República.

“El Consejo de Estado acogió mi solicitud de medidas cautelares y suspendió el Decreto 0858 de 2025. Es una buena noticia y un alivio para los colombianos que el “plan b” o reforma a la salud vía decreto se haya empantanado», indicó el representante.

De hecho, ese decreto crea unas nuevas Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud (RIITS) lo que desplaza el rol coordinador de las EPS y eso justamente implica una transformación estructural del modelo de prestación, lo cual debería ser objeto de debate y aprobación legislativa.

¿En que consistía el modelo de salud del gobierno?

El decreto desde sus inicios fue ampliamente cuestionado por estar alineado a lo que plantea la Reforma a la Salud, que no ha logrado sacar este gobierno en el Congreso de la Repúbica.

A groso modo, el gobierno ha informado que se trata de una ley para resolver los problemas del sistema de salud a corto y mediano plazo.

Se crean las Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud (RIITS) que la componen hospitales y centros de atención públicos, privados y mixtos y que contará con dos niveles en atención importantes que son:

  • Nivel primario, es decir, la atención directa a los colombianos. Será el centro de atención, al cual los ciudadanos tendrán que ir en primera instancia para ser atendidos en los servicios de baja y mediana complejidad, según el decreto, en primera instancia se implementará este mecanismo en zonas con menor capacidad en el primer nivel de atención
  • Nivel secundario o complementario, estará integrado por los servicios de mediana y alta complejidad. Allí los pacientes serán remitidos mediante un sistema articulado de referencia y contrarreferencia, es decir, ese proceso de enviar a un paciente a un nivel de atención superior o especializado y luego devolverlo al nivel de atención original para continuar su tratamiento.

Sobre esta red integrada, las gobernaciones y alcaldías tendrán el control y se deberán articular con EPS e IPS.

Sin embargo, dice el gobierno que las EPS no desaparecen para los usuarios, sino que siguen cumpliendo su función normal, con la diferencia de que ya no controlarán la conformación de la red, ni la remisión de los pacientes, y tampoco serán intermediarias de los recursos.

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