Mediante resolución 2818 del 16 de Septiembre el Consejo Nacional Electora revoco la inscripción de Pedro Jesús Orjuela Gómez como candidato a la Alcaldía de Arauca por un grupo significativo de ciudadanos el cual denomino “Movimiento unidos por el progreso de Arauca “.
Para el Consejo Nacional Electoral, fue evidente que PEDRO JESUS ORJUELA GOMEZ incurrió en doble militancia.
En la resolución 1828 el CNE señala: “ es evidente para esta Corporación que nos encontramos frente a uno de los eventos de la doble militancia, valga decir un ciudadano para el caso diputado que pertenece simultáneamente a un partido con personería jurídica (Partido Liberal Colombiano), y a un grupo significativo de ciudadanos (Movimiento Unidos por el Progreso de Arauca), circunstancia que está prohibida por el artículo 107 de la Constitución Política, prohibición que es ratificada por el artículo 2 de la ley 1475 del 2011 y cuya consecuencia es la revocatoria de la inscripción”.
Vale la pena recordar que mediante radicado 7502 del 24 de agosto de 2011 el abogado Ramiro Silva Rodríguez solicitó al Consejo Nacional Electoral revocar la inscripción como candidato a la alcaldía municipal de Arauca, Departamento de Arauca de Pedro Jesús Orjuela Gómez por incurrir en doble militancia, circunstancia que prohíbe la constitución política de Colombia y la nueva Reforma Política.

