En sala plena el Consejo Nacional Electoral, en lo que constituiría un cambio en su doctrina, aseguró que el uso de redes sociales como Facebook y Twitter, para promover candidaturas para cargos de elección popular, se constituye en publicidad o propaganda política. La decisión se tomó luego de estudiar la ponencia presentada por la magistrada Doris Ruth Méndez.
«A fin de responder a los avances tecnológicos y a los nuevos retos que estos generan en los procesos electorales, la propaganda electoral difundida en redes sociales, a pesar de encontrarse amparada en el marco del derecho a libertad de expresión, información y comunicación no resulta absoluta frente a la libertad de elegir y ser elegido, y frente a la igualdad de los candidatos y agrupaciones políticas en los procesos electorales, teniendo en cuenta que se han convertido en un medio o canal de despliegue publicitario que no solamente se dirige a personas determinadas, sino que muchas veces siendo indeterminados e innumerable” consideró el CNE.
Los magistrados del órgano electoral en la decisión señalan que hacer publicidad política en época en que exista la prohibición:
«Sí, compromete la conducta de los candidatos».
Y explicaron que «la propaganda únicamente podrá realizarse en medios de comunicación 60 días antes de la votación, y en espacio público tres meses antes».