El INPEC expidió una circular con la cual autoriza a los diferentes penales del país recibir a los reclusos condenados que están en las URI y estaciones de Policía, pero con varias condiciones. Las cárceles que registran un hacinamiento superior al 50% no están autorizadas para recibir presos. La reactivación estará enfocada inicialmente, en aquellas URI y Estaciones de Policía que no tengan presencia del COVID-19.
Los reclusos trasladados deberán cumplir un aislamiento preventivo de 14 días antes de ingresar a los patios del penal, y los directores de cada cárcel deberán establecer una ruta sanitaria, además de adecuaciones de infraestructura y alimentación para este tipo de reclusos.
La decisión se debe a que perdió vigencia el artículo 27 del decreto 546 que suspendió el traslado de presos en medio de la emergencia carcelaria por cuenta de la pandemia.