La Sala de Casación Penal de la Corte encontró probado que Pretelt solicitó al abogado Víctor Pacheco, apoderado de Fidupetrol, la suma de $500 millones de pesos para adelantar gestiones en la Corte para sacar adelante una acción de tutela promovida por esa empresa contra un fallo de la Sala de Casación Penal de la Corte, que la obligaba a pagar $22.500 millones de pesos más un interés del 10,5% anual a favor de la Gobernación de Casanare.
Corte Suprema dejó en firme la condena de seis años contra el exmagistrado Pretelt. El encuentro entre el magistrado y el abogado se dio en el apartamento del primero en Bogotá, antes de que asistieran a una reunión en el club El Nogal, organizada por Pretelt y a la que estaba invitado Pacheco.
La decisión fue adoptada por unanimidad, con la participación de cuatro conjueces. En ella se ratificó la decisión tomada por la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte, pero se modificó la pena de multa que se había impuesto y la dejo en 56,25 salarios mínimos mensuales.
Así mismo, en el fallo se redujo la inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas a 64 meses y 15 días.
Dentro del acuerdo que se hizo entre el magistrado y el abogado se incluyó el nombramiento como apoderado de Rodrigo Alonso Escobar, ex magistrado de la Corte Constitucional, para que se encargara del trámite de la acción de tutela y supuestamente entregar prebendas a personas que integraban el núcleo familiar del magistrado Pretelt.
También se determinó que hubo participación de algunos directivos de la fiduciaria, así como del abogado Víctor Pacheco, en el delito de tráfico de influencias, para que la tutela fuera seleccionada por la Corte. Los involucrados aceptaron su responsabilidad.
Por su parte, según la Corte, Pretelt incurrió en el delito de concusión porque, abusando de su cargo, solicitó de manera indebida la suma de $500 millones a cambio de que se obtuviera el éxito en la tutela presentada.
“El punible de concusión se consuma cuando se realiza la exigencia dineraria o de cualquier otra utilidad indebida, bien sea que se efectúe de manera directa, o sutil, o mediante amenazas, instante en el que se menoscaban la dignidad, moralidad, integridad, pulcritud, confiabilidad y transparencia de la administración pública, cuyos valores deben imperar en los funcionarios y sus actos”, dijo la Corte.