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Alcaldía de Cravo Norte deberá reintegrar a funcionario por fallo de Tribunal Contencioso

Una sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo de Arauca obliga a la administración municipal de Cravo Norte de reintegrar al profesional Pedro Julio Neira Peña, quien en el año 2009 se desempeñaba como Comisario de Familia de esa localidad araucana.

Como se recordará el alcalde de ese entonces, Iván Yesid Hidalgo Martínez, la destituyó de manera fulminante y sin ninguna justificación el día 11 de noviembre de 2009.

Ante esta actuación del alcalde Hidalgo Martínez, el afectado, en esta caso, Neira Peña objetó la decisión pidiéndole a través de un recurso de reposición y apelación para ver que se concedía al cual, el mandatario en ese entonces no accedió a la petición, por lo que elevó una acción ante el Juzgado Primero Administrativo Municipal de Arauca.

Durante la conciliación en la Procuraduría en ese entonces el mandatario no se hizo presente, por lo que delegó una abogada que no aceptó por sugerencia del comité conciliador del municipio de Cravo Norte, por lo que el proceso se llevó a segunda instancia.

El pasado 24 de mayo, el Tribunal Contencioso Administrativo de Arauca, decide darle la razón al ciudadano Pedro Julio Neira Peña, declarando nulo el acto administrativo por el cual se le separaba del cargo por falta de motivación, porque nunca fue objeto de un proceso disciplinario por parte del alcalde de ese entonces, Iván Yesid Hidalgo Martínez, que era el jefe inmediato.

En la decisión también se condena al municipio de Cravo Norte a pagar los salarios dejados de percibir a partir del 18 de noviembre de 2009 a la fecha, hasta tanto no se le reintegre al cargo como Comisario de Familia del municipio de Cravo Norte.

El profesional Neira Peña, criticó el actuar para esa época del mandatario local, Iván Yesid Hidalgo Martínez, que por ligereza y falta de asesoría y desconocimiento de la norma que lesionan los intereses tan ostensibles como son los del municipio de Cravo Norte, que necesitaría esos recursos con la condena salarial que oscila entre 70 y 100 millones de pesos, situación que lesionará los intereses de la comunidad del municipio de Cravo Norte, cosa que nunca se hizo con esa intención, sino por el derecho laboral adquirido el cual se le ha reconocido con esta sentencia del Tribunal Contencioso de Arauca.

 

 

 

 

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