En Colombia, los maestros que han dedicado su vida entera a la formación de los estudiantes del sector público tienen un régimen muy distinto en la forma en la que se pensionan, y con una edad de retiro forzoso la cual también está establecida por la ley colombiana.
Según la ley, la edad de jubilación en Colombia para los docentes del sector público no es necesariamente igual a la edad de retiro forzoso. De hecho, existe diferencias importantes entre ambos conceptos, que deben ser tenidos en cuenta para realizar los cálculos de cuándo se pensionará cada profesor en el país.
La edad de jubilación para los docentes públicos depende del estatuto bajo el cual fueron vinculados:
- Los profesores que fueron vinculados antes del 2002, es decir bajo el decreto 2277 de 1979, la edad de jubilación es de 55 años para hombres y mujeres, con un mínimo de 20 años de servicio en el sector público.
- Docentes vinculados a partir del 2002, están regidos bajo el decreto 1278 de 2002. Por lo tanto, la edad de jubilación es de 57 años, con un mínimo de 1300 semanas cotizadas, es decir, al menos 25 años de servicio como profesor del sector público.
- Es importante resaltar que, según la reciente sentencia del Consejo de Estado, los docentes bajo ambos decretos pueden continuar trabajando hasta los 70 años si así lo desean.
¿Esto es igual a la edad de retiro forzoso?
No realmente, la edad de retiro forzoso y la edad de jubilación son dos conceptos totalmente diferente a los ojos de las leyes de nuestro país:
- Según los decretos la edad de jubilación es la edad en la que el docente cumple los requisitos para acceder a su pensión, si así lo desea. Puede retirarse o seguir trabajando si no ha alcanzado la edad de retiro forzoso.
- La edad de retiro forzoso es la edad límite que establece la ley para trabajar en el sector público. Una vez alcanzada esta edad el retiro es obligatorio, independientemente de si el docente ya cumple con los requisitos para pensionarse o no.
Esto quiere decir que un docente del sector público realmente solo puede trabajar hasta los 70 años, de ahí en adelante se le puede aplicar la norma de retiro forzado, así haya cumplido o no con los requisitos de pensión, son dos conceptos totalmente diferentes.
A cuánto equivale una pensión de profesores en el sector público
Este monto es un promedio calculado según distintos factores, pero que puede ser promediado debido a lo que establece la ley colombiana frente a los porcentajes correspondientes:
- En el régimen del decreto 2277 de 1979, la pensión de los docentes del sector público corresponde al 75% del salario promedio del último año de servicio, incluyendo bonificaciones y horas extras.
- En el nuevo régimen, es decir el del decreto 1278 de 2002, la pensión se calcula sobre el promedio de los últimos diez salarios y corresponde al 65% de este. El porcentaje se puede incrementar en un 1.5% por cada 50 semanas adicionales a las 1300 semanas mínimas de cotización.