El Gobierno Nacional ganó la tutela que buscaba evitar que el presidente Abelardo de la Espriella caminara entre cuerpos envueltos en bolsas y exhibiera esas imágenes en las cuentas oficiales de la administración.
La acción de tutela fue decidida por el juez treinta civil del Circuito de Bogotá y no por el juez laboral que inicialmente había ordenado la medida provisional, ordenándole al jefe de Estado que se abstuviera de publicar esas imágenes en las cuentas de la Presidencia mientras se resolvía de fondo la tutela.
El cambio de juez, que no es usual mientras se tramita una acción de tutela, sucedió porque una acción similar fue presentada por otro ciudadano y el Tribunal Superior de Bogotá ordenó acumularlas y entregarlas al juez civil, distinto al que había ordenado la medida cautelar.
Esa medida provisional, por lo demás, había tenido un cumplimiento relativo: como solo ordenaba que las imágenes macabras se retiraran de las cuentas de la Presidencia de la República, continuaron hasta hoy en las cuentas del presidente Abelardo de la Espriella.
A la usanza de las autoridades coloniales españolas: “Se obedece, pero no se cumple”.
Para derrotar la tutela, la Presidencia alegó en su favor la propia medida provisional. Dijo que, como las imágenes ya habían sido retiradas de las cuentas oficiales de Instagram, la tutela ya no tenía sentido.
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), que por ley debe proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes, argumentó que ninguno de los accionantes había acreditado ser pariente de un menor específico afectado por las imágenes y que en consecuencia el derecho de los niños –considerado preferente por la Constitución– no podía ser alegado ya que ellos no tenían legitimidad para representar a niño alguno.
El juez declaró que ni el representante Santiago Osorio Marín, ni el ciudadano Javier Ricardo Cabrera Cruz tienen legitimidad para actuar a nombre de los niños de Colombia y, en consecuencia, negó la acción de tutela.
Para el juez, no está acreditado que las autoridades le hubieran faltado al respeto a los cadáveres exhibidos y que, en últimas, ningún familiar de los muertos protestó.
No obstante, el operador judicial advierte que los resultados de la operación podían ser comunicados “mediante recursos menos invasivos de la dignidad, memoria e imagen de quienes fallecieron y de la intimidad de sus familias”.
La tutela se limita a la cariñosa palmadita y a decir que mejor que en el futuro traten de no hacerlo, pero que si lo quieren hacer tampoco pasa nada.

