La Corte Constitucional suspendió los efectos del memorando de entendimiento firmado entre Colombia y Venezuela para la creación de una zona económica binacional, al considerar que se trata de un tratado internacional que debe surtir los trámites constitucionales.
Es decir, deberá ser aprobado por el Congreso y posteriormente revisado por la Corte Constitucional.
Además, remitió el asunto al presidente de la República para que garantice el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley.
La Sala Plena consideró que el memorando debía tramitarse como un tratado internacional y, por tanto, surtir el trámite correspondiente ante el Congreso de la República.
En ese sentido, con una votación de siete magistrados contra dos, la Sala Plena dejó sin efectos el documento expedido por el Gobierno del presidente Gustavo Petro, que buscaba establecer, mediante una resolución, mecanismos de cooperación con Venezuela.
Los magistrados concluyeron que una resolución administrativa no era el instrumento jurídico adecuado para establecer obligaciones entre dos Estados. En consecuencia, determinaron que el memorando debe tramitarse como un tratado internacional, por lo que deberá ser analizado, debatido y aprobado por el Congreso de la República antes de pasar al control automático de constitucionalidad de la Corte Constitucional.
La decisión fue adoptada con ponencia del magistrado Carlos Camargo. No obstante, los magistrados Juan Carlos Cortés y Héctor Carvajal salvaron su voto.
“El denominado ‘Memorándum de Entendimiento entre la República Bolivariana de Venezuela y la República de Colombia sobre la creación de la Zona de Paz, Unión y Desarrollo Binacional (Zona Económica Especial Binacional)’, suscrito en Caracas el 17 de julio de 2025, no puede surtir efectos en el ordenamiento interno colombiano hasta tanto cumpla con el trámite constitucional previsto para los tratados en forma solemne, de conformidad con los artículos 150.16 y 241, numeral 10, de la Carta Política”, señaló la Sala Plena en un comunicado.
Adicionalmente, la Corte remitió el documento al presidente de la República para que garantice el cumplimiento de los trámites constitucionales, esto es, la aprobación por el Congreso de la República y la revisión posterior por la Corte Constitucional.
La demanda
Hace once meses fue admitida una demanda que sostenía que el memorando vulneraba la Constitución y la ley, al haber sido suscrito entre el Gobierno del presidente Gustavo Petro y el régimen de Nicolás Maduro.
Cabe recordar que, este último fue capturado y llevado a Estados Unidos donde está siendo juzgado por una Corte.

