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Más de 3 millones de usuarios serán traslados a EPS con más cobertura como Nueva Eps y Mutual Ser

El Gobierno Nacional expidió el decreto 182 de 2026, por medio del cual hace cambios significativos en el sistema de salud en el país.

En concreto, el decreto crea el Capítulo 7 al régimen de salud y establece mecanismos diferenciales para organizar la presencia de las EPS en departamentos y municipios, según su población y participación en el mercado.

Eso quiere decir que al menos 3 millones de afiliados serán trasladados entre EPS de acuerdo con su territorio. La Nueva EPS, Mutual Ser y SOS recobrarían a la mayoría.

Cambios territoriales

• Municipios grandes (más de 500.000 habitantes): se permiten todas las EPS, pero se excluyen las que tengan menos del 3% de los afiliados.

• Entre 100.001 y 500.000 habitantes: máximo 5 EPS.

• Entre 50.001 y 100.000: máximo 4 EPS.

• Entre 30.001 y 50.000: máximo 3 EPS.

• Entre 20.001 y 30.000: máximo 2 EPS.

• Menos de 20.000 habitantes: solo 1 EPS.

En departamentos también se establecen porcentajes mínimos de afiliación (5 %, 10 % o 15 %) según su tamaño poblacional.

¿Qué pasará con los afiliados?

Si una EPS deja de operar en un municipio, el Ministerio de Salud y la ADRES asignarán los afiliados a otras EPS.

• La asignación será obligatoria: ninguna EPS podrá negarse.

• Se mantendrán unidos los grupos familiares.

• Pacientes de alto costo y mujeres gestantes tendrán un tratamiento especial.

• Después de 60 días, los afiliados podrán trasladarse libremente. Las EPS indígenas (EPSI) seguirán operando en sus territorios y recibirán prioritariamente a la población indígena registrada

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