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Definida la cuota monetaria 2026 para afiliados a las Cajas de Compensación

El Gobierno Nacional definió la nueva cuota monetaria para los afiliados a las Cajas de Compensación Familiar del país. A través de la Resolución 0091 del 30 de enero de 2026, se notificó el valor del beneficio que recibirán durante la presente vigencia los trabajadores afiliados con personas a cargo y cuyos ingresos no superen los cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV).

Para el año 2026, la Caja de Compensación Familiar de los Araucanos – Comfiar pagará una cuota monetaria de $74.462, lo que representa un incremento de $4.907 frente al valor del año anterior, que fue de $69.555.

Al respecto, el director administrativo de Comfiar, Calixto García Rodríguez, destacó que este subsidio “mes a mes fortalece y apoya económicamente a los hogares de medianos y menores ingresos del departamento”.

Condiciones para acceder al subsidio familiar

El directivo recordó que para ser beneficiario de la cuota monetaria se deben cumplir las siguientes condiciones:

  • Tener una remuneración mensual inferior a cuatro salarios mínimos, y que, sumados los ingresos del cónyuge o compañero(a), no superen los seis salarios mínimos.
  • Laborar al menos 96 horas mensuales.
  • Contar con personas a cargo que generen derecho al subsidio, como hijos menores de 18 años, hermanos huérfanos de padre y madre, o padres mayores de 60 años que no reciban salario, renta o pensión.

García Rodríguez precisó que el nuevo valor del subsidio se verá reflejado en los pagos realizados a partir del mes de marzo, cuando se cancele la cuota correspondiente a enero de 2026.

Actualización por aumento del salario mínimo

Con el incremento del Salario Mínimo Legal Mensual Vigente, fijado para 2026 en $1.750.905, también fueron actualizadas las condiciones de acceso al subsidio familiar.

En ese sentido, podrán recibir la cuota monetaria los trabajadores cuyo ingreso individual no supere los cuatro salarios mínimos, equivalentes a $7.003.620. Para el grupo familiar, la suma de los ingresos del trabajador y su cónyuge no podrá exceder los seis salarios mínimos, es decir, $10.505.430.

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