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Defensora demanda resolución que designó exjefes paramilitares como gestores de paz

La Defensoría del Pueblo, representada por Iris Marín Ortiz, interpuso demanda ante el Consejo de Estado contra la Resolución 327 del 21 de septiembre de 2025, expedida por el Presidente de la República. El acto administrativo designó como gestores de paz a 16 exmiembros de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), entre ellos: Salvatore Mancuso; Rodrigo Tovar Pupo, alias “Jorge 40”; Diego Fernando Murillo Bejarano, alias “Don Berna”; Carlos Mario Jiménez Naranjo, alias “Macaco”, Héctor José Buitrago y Fredy Rendón Herrera, alias “El Alemán”.

La demanda solicita la nulidad de la Resolución 327 de 2025 por considerar que fue expedida con infracción de la Ley 975 de 2005 y el Decreto 1175 de 2016, normas que regulan la figura del gestor de paz. El escrito advierte que el acto demandado afecta un pilar esencial del orden político y social: la preservación de la confianza ciudadana en las instituciones, la tranquilidad pública y la convivencia pacífica basada en la justicia

“La Resolución 327 de 2025 fractura este pilar fundamental al investir con una función pública simbólica a quienes fueron máximos responsables de graves violaciones a los derechos humanos, sin tener en cuenta a las víctimas y demás actores del conflicto”, se menciona en la demanda.

El documento advierte que el acto administrativo afecta gravemente el orden político y social, pues introduce un “riesgo estructural de revictimización simbólica” al otorgar un rol institucional a excomandantes paramilitares sin participación de las víctimas. La Defensoría subraya que la Resolución 327 de 2025 omitió la supervisión judicial y excluyó a las víctimas de los comités creados, lo que constituye una afrenta a su dignidad.

La demanda recuerda que la Ley 975 estableció que la suspensión de penas o medidas de aseguramiento debía ser excepcional, con verificación judicial y obligaciones de verdad, justicia, reparación y no repetición. Sin embargo, la Resolución 327 asignó funciones distintas, como elaborar un balance integral de los avances de Justicia y Paz y formular recomendaciones institucionales para el cierre del proceso.

El escrito señala que el Gobierno citó como fundamento la Ley 418 de 1997 y la Ley 2272 de 2022, pero omitió el artículo 61 de la Ley 975 y el Decreto 1175 de 2015, normas específicas sobre gestores de paz. “La Resolución no expone las razones de hecho y de derecho que justifiquen la aplicación de una figura legalmente prevista para diálogos con grupos armados existentes a exmiembros de una organización ya desmovilizada”, se lee en el texto de la demanda.

La Defensoría argumenta que la decisión del Ejecutivo desnaturaliza la política de paz y altera el equilibrio entre poderes, al reconfigurar la relación con la justicia transicional. “pues el poder ejecutivo legitima a los ex miembros de las AUC al tiempo que mina la autoridad moral del Estado y la confianza legítima de la ciudadanía en el imperio de la ley.”, se advierte en la demanda.

Además, se destaca que varios de los designados fueron excluidos de Justicia y Paz o permanecen recluidos por delitos graves.

La acción de demanda se interpone mediante el medio de control de nulidad simple, previsto en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo de Colombia, por considerar que los efectos del acto trascienden lo individual y afectan de manera grave el orden público.

“No se trata de un simple nombramiento con repercusiones individuales, sino de una decisión de política pública que altera la relación entre el Estado, las víctimas y la sociedad”, enfatiza la demanda.

Finalmente, la Defensoría solicitó la suspensión provisional de la Resolución 327 de 2025, mientras se adelanta y se decide el proceso de la demanda, con el fin de que las órdenes que contiene no se sigan aplicando.

Para la entidad, “la suspensión provisional que se solicita radica en los graves efectos que en el plano político y social genera la vigencia y aplicación de la Resolución demandada”. Según explicó, el acto administrativo concede el estatus de gestores de paz —con la carga positiva y el poder de intervención que ello implica— a 16 personas que hicieron parte de grupos armados al margen de la ley, ampliamente recordadas por la ciudadanía como autores de graves delitos.

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