El Consejo de Estado negó una tutela con la que se pretendía frenar la extradición de Álvaro Córdoba Ruiz, el hermano de Piedad Córdoba, hacia Estados Unidos. La defensa de Córdoba alegó que el delito por el que lo acusan se cometió en territorio colombiano, por lo que no había lugar a emitir concepto favorable para su extradición.
La Sección Segunda del Consejo de Estado determinó que no se han vulnerado los derechos fundamentales de Álvaro Córdoba Ruiz, y no hay ninguna irregularidad en el proceso de extradición hacia Estados Unidos. Los magistrados, explican que la Corte Suprema es la que tiene la potestad para tomar esta determinación y ese alto tribunal delimitó de manera clara, las condiciones por las que debía ser extraditado.
“Así las cosas, es pertinente resaltar que la Corte Suprema de Justicia dejó expuesto en su concepto que «las conductas por las cuales se solicita a CÓRDOBA RUIZ estaban encaminadas a concertarse para distribuir estupefacientes con destino al país reclamante»; es decir, dada la conducta penal reprochada no se trata, únicamente, de la ubicación del sujeto activo al momento de la comisión de la conducta, como lo pretende hacer ver la parte actora, sino del lugar donde esta se materializa, siendo, en el asunto bajo estudio, en los Estados Unidos de América”, se lee en el fallo.
De acuerdo con la Corte Suprema de Justicia, la extradición de Álvaro Córdoba no se avaló por todos los delitos por los que lo requiere la Corte Federal del Distrito Sur de Nueva York. El alto Tribunal aprobó por narcotráfico y negó por tráfico y de armas.