La Corte Constitucional hundió definitivamente el proyecto de ley que institucionalizaba el día sin IVA en Colombia como una política de Estado, pese a la insistencia del Senado de la República.
Este tribunal devolvió para su archivo este proyecto de ley en el Congreso, pues no tenía competencia para estudiar las objeciones del Gobierno ya que en la Cámara de Representantes se había acogido estas pretenciones.
“Previo al estudio de fondo sobre las objeciones, la Corte procedió a verificar su competencia para estudiar el asunto. Frente a ello, concluyó que el Gobierno nacional formuló en forma debida y oportuna las objeciones por inconstitucionalidad. No obstante, en cuanto a la insistencia en la aprobación del proyecto por parte de las cámaras legislativas, constató que, aunque en el Senado el informe que rechazó las objeciones obtuvo la mayoría exigida en la Constitución, en la plenaria de la Cámara de Representantes aquel no se aprobó por la mitad más uno de sus miembros para el efecto”, indicó la Corte.
Es decir, la Corte no evaluó de fondo las objeciones, pues no se cumplió que la insistecia fuera presentada de manera conjunta por el Senado de la República y por la Cámara de Representantes
Las objeciones del Gobierno
A juicio del Gobierno, la propuesta legislativa era inconstitucional por dos razones.
- En primer lugar, porque viola el artículo 154 de la Constitución pues crea un beneficio tributario de carácter nacional y una regulación en ese sentido está sujeta a la iniciativa o al aval del Gobierno nacional, lo cual no habría ocurrido en el presente caso.
- No se satisfizo la exigencia de realizar el análisis de impacto fiscal frente a iniciativas que consagran beneficios tributarios.