La juez 41 penal del Circuito de Bogotá negó, por segunda ocasión, la solicitud de preclusión presentada por la Fiscalía en el proceso que se adelanta en contra del expresidente Álvaro Uribe, por los delitos de soborno de testigos y fraude procesal.
La juez controvirtió los siete argumentos de la Fiscalía, y determinó que el ente acusador no investigó bien este caso y no fue coherente en su teoría del caso y hay indicios de que el expresidente Uribe sí podría tener la condición de partícipe.
“Es claro que por parte del ente investigador ha debido hacerse un esfuerzo serio en orden a establecer todas las particularidades de hecho que se indaga, en otras palabras, obrar con mayor acuciosidad”, recalcó la juez.
El ente acusador había pedido el archivo del proceso por dos razones: Las conductas descritas en este caso no serían delito (atipicidad) y, si lo fueran, no habría elementos para probar el rol delictivo del expresidente en este caso.
Sobre el delito de soborno, la juez dijo: Implica que se ofrece un beneficio a alguien a cambio de que falte a la verdad, la calle total o parcialmente. El delito es de mera conducta, es decir, con se comete con la oferta.
En cuanto al delito de fraude procesal: Implica entregar información falsa a un funcionario de la justicia con el objetivo de hacerlo incurrir en error. no se necesita que funcionario haya sido engañado, sino intentar engaño.
La jueza dijo que, llamadas entre el abogado Diego Cadena y el expresidente Álvaro Uribe sí son prueba.
En cuanto a los audios extraídos del reloj del testigo Monsalve, ‘La transcripción realizada por RTVC que en su momento ordenó la Corte Suprema, son más acertadas que las que hicieron los investigadores de la Fiscalía.
También dijo la jueza que, la Fiscalía tomó declaraciones de testigos de oídas, como fue el caso del condenado exministro Andrés Felipe Arias.