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Tránsito de Arauca dará aplicabilidad desde este fin de semana a nueva Ley para castigar a los conductores borrachos

En el marco de la nueva ley Colombiana que castiga severamente los borrachos al volante, el instituto de Tránsito y Transporte ha anunciado quemillonarias sanciones serán impuestas a los conductores que sean sorprendidos bajo los efectos del alcohol, como lo ordena la norma que fue sancionada este 19 de diciembre por el Presidente de la República.

El ITTDAR ha aclarado que independiente del grado de alcoholemia en el que sea sorprendida la persona, cuyas medidas van de 0 a 3 grados, todos los infractores van a tener sanciones de tipo económico, suspensión de la licencia, inmovilización del vehículo y acciones comunitarias.

Así mismo señala el ente rector de la movilidad que cuando un conductor sea sorprendido en grado cero, que es más o menos el que registra aquel que se toma dos cervezas, deberá pagar una multa, si es primera vez, equivalente a un millón 768 mil pesos, sumado esto a la suspensión de la licencia por un año.

En cuanto al grado uno, el usuario se expone a una multa de 3 millones 537 mil pesos y una suspensión de la licencia por tres años, el grado dos de alicoramiento a una multa de 7 millones de pesos y una suspensión de 5 años y para quienes conduzcan con grado tres deberán pagar 14 millones 148 mil pesos, exponiéndose a la suspensión de la licencia por 10 años.

De otra parte, según la nueva ley cuando una persona causa un accidente por ir bajo los efectos del alcohol y en el hecho alguien pierde la vida, el responsable se expone a una condena de 4 años y 5 meses,

La nueva norma insiste el director de Tránsito era necesaria así haya quienes se sientan perseguidos y castiguen las medidas como impopulares, pues hay cambios sustanciales como el que se remite al caso de conductores que después de haber sido sancionados, bien sea con suspensión de la licencia o con cancelación de la misma, continúen al frente del volante pues estarían  incurriendo en un delito que se llama fraude a resolución administrativa y puede exponerse a una pena de 1 a 4 años de prisión.

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