El Tribunal Contencioso Administrativo de Arauca, al conceder medida cautelar a Mario Alfonso Zapata, ordenó al contratista Consorcio G&M suspender la construcción del relleno sanitario en la vereda Corocito del municipio de Tame (Arauca), hasta cuando se lleve a cabo la consulta previa a la comunidad Indígena de Angosturas.
En su ponencia el Magistrado Alejandro Londoño Jaramillo, dice que, existen estudios de factibilidad y viabilidad de la construcción del relleno sanitario, con la restricción de que el sitio de obra queda a 1.5- 1.7 kilómetros del perímetro urbano del centro veredal. Complementa que la Administración Departamental, el municipio de Tame y la empresa Caribabare ESP han realizado múltiples actos de socialización del proyecto con la participación de la comunidad aledaña a la obra desde antes del otorgamiento de la licencia ambiental. Sin embargo “no se consta en las actas de reunión participación de la comunidad indígena.
El Magistrado Londoño Jaramillo, observó que el relleno sanitario se construirá en una zona aledaña del resguardo indígena de Angosturas, situación suficiente para considerar que se tenga la obligación legal de realizar la consulta previa a la comunidad indígena.
El Tribunal Contencioso Administrativo de Arauca concreta al ejecutor de la obra, al Ministerio del Interior y las autoridades de Tame y Departamentales de Arauca, su deber de realizar y garantizar el derecho de la consulta previa a la comunidad indígena de Angosturas, en orden a establecer la afectación que la obra relleno sanitario les pueda causar.
Vale la pena destacar que el ciudadano Mario Alfonso Zapata en su demanda solicito dos medidas cautelares:
– Suspensión de la construcción de un relleno sanitario, en aras de prevenir un presunto daño a la comunidad entre ella indígenas y medio ambiente, y por no haberse realizado la consulta previa en el área de construcción.
– Suspensión provisional de la licencia ambiental expedida para la ejecución de la obra.
Respecto a esta última solicitud, el Tribunal reseña que, la Corporación Autónoma Regional de la Orinoquia, CORPORINOQUIA, la Empresa de Servicios Públicos de Tame, CARIBABARE ESP y el municipio de TAME se opusieron al decreto de la medida argumentando que “la No construcción del relleno sanitario podría ocasionar que el municipio de Tame entraría en una situación de emergencia sanitaria y ambiental, teniendo en cuenta que no existen rellenos sanitarios licenciados y autorizados para prestar el servicio público de disposición final de residuos sólidos y que la celda actual para tales efectos está por concluir su vida útil.