…”Quien tiene ahora la competencia por mandato constitucional y legal de la permanencia en el cargo de Johan Javier Giraldo Ballén es el Tribunal Administrativo de Arauca”, dijo el abogado defensor del titular del Hospital San Vicente de Arauca, Daniel Alfonso Linares González.
El pronunciamiento lo hizo el profesional ante las desinformaciones infundadas en algunos sectores que no recurren a la fuente y a una mala interpretación de las decisiones judiciales, considerando que el fallo ha ido inocuo, un fallo en vacío que no afecta al defendido.
Explicó el abogado Linares González, que el Tribunal Superior de Arauca, fungiendo como juez constitucional declaró como nulidad lo tramitado en la acción de tutela que se llevaba en contra del decreto de revocatoria directa. Esta decisión dijo Linares no afecta el nombramiento o permanencia de Johan Javier Giraldo Ballén como director del Hospital San Vicente de Arauca.
Dijo el defensor de Giraldo Ballén, que para este caso el Tribunal Judicial de Arauca debió declarar improcedente esa acción e tutela por carencia de objeto, porque los derechos fundamentales invocados en las demandas fueron satisfecho en su totalidad y en segundo lugar, mediante providencia del 8 de abril de 2015, el tribunal Superior admitió la demanda de nulidad electoral y declaró sin fuerza ejecutoria el decreto de revocatoria directa y admitió la demanda y como consecuencia, perdiendo competencias cualquier otra autoridad, entre ellas el Tribunal Superior del Distrito Judicial y el Departamento de Arauca.
“Si el departamento de Arauca procede en una interpretación amañada, o torciéndole el cuello a la misma, está contrariando una decisión del Tribunal Administrativo de Arauca y está actuando sin ninguna competencia, el Contencioso Administrativo fue claro en este equívoco en señalar en esta parte donde señala que no tiene fuerza probatoria el Decreto No. 084 del 10 de marzo de 2015 por medio del cual se revoca de manera directa el Decreto No. 155 del 20 abril de 2012 ya que obra constancia el auto del 13 de marzo de 2015 proferido por el Juzgado Civil del circuito de Arauca en el que se suspendió los efectos de dicho acto administrativo, perdiendo este fuerza ejecutoria, es decir que la decisión del tribunal se ha favor o en contra o que se tome de cualquier tipo no afecta para nada el nombramiento del docto Johan Giraldo”, resaltó Linares González.
Reveló el defensor del titular del Hospital San Vicente de Arauca, que ayer mismo solicitaron una medida cautelar ante el Tribunal Administrativo de los fallo proferidos por otros estrados judiciales, a los que consideró que tendrán que enmarcarlos para que queden en la historia porque no se podrán ejecutar.