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Más de 230 trabajadores sin sueldo y prestaciones sociales en Arauca

Hay malestar en el Sindicato de Trabajadores y Empleados de la Educación SINTRENAL, que representan a los empleados administrativos del nivel central del departamento y los establecimientos educativos, por el trato que le ha dado el gobierno departamental y la misma asamblea.

Los afectados son más de 230 trabajadores que comprende a los administrativos de las instituciones educativas de los siete municipios del departamento de Arauca, como la planta central de la Secretaría de Educación Departamental, que son pagos con recursos del Sistema General de Participación SGP. Entre ellos están celadores, aseadoras, auxiliares de servicios generales, conductores, secretarias, auxiliares administrativos, bibliotecarias, técnicos y profesionales universitarios quienes ya no vienen recibiendo los sueldos ni las prestaciones sociales para este mes.

El inconformismo se da al conocer la modificación que se ha dado al Artículo 17 del Proyecto de Ordenanza 021 de 2016, la que hizo la administración departamental por intermedio de la Secretaría General y Desarrollo Institucional a cargo de Mary Rocío Herrera Bernal, quien envió a la asamblea el proyecto de Ordenanza 021 de 2016, por la cual se fijan escalas de asignación salarial básica mensual de los empleados públicos de la administración departamental de Arauca y se dictan otras disposiciones para vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017.

El malestar de los agremiados en SINTRENAL desde el municipio de Saravena, se conoció a través de un comunicado a la opinión pública araucana que lleva la firma de su presidente, Luis Gustavo Galavís Rubio, quien señala que la agremiación se ha caracterizado por mantener una relación de cordialidad y respeto con el gobierno del médico Ricardo Alvarado Bestene, pero que ven con extrañeza el tratamiento que están recibiendo por parte dela administración, de la que dicen no corresponde con la inquebrantable actitud de diálogo y entendimiento.

Según comunica el líder sindical, Galavís Rubio, el parágrafo introducido en el Artículo 17, al que  consideran como discriminatorio y excluyente, del que manifiestan no comparten. Argumentan que los gobernantes de turno han sido asaltados en su buena fe por funcionarios que los han hecho incurrir en sendos de errores administrativos, iniciados en la interpretación de la descentralización de la educación, hecho que mantiene profundamente indignados a los trabajadores de la educación.

El parágrafo único del controvertido Artículo 17 que tiene molesto a este gremio sindical dice a la letra lo siguiente: “Los servidores públicos de la administración departamental financiados con recursos propios, tendrán derecho al reconocimiento y pago de las prestaciones sociales, conforme a las disposiciones vigentes dictadas por el Gobierno Nacional, contenidas en el Decreto 1919 de 27 de agosto de 2002 y demás normas reglamentarias. PARÁGRAFO:  Se exceptúa la aplicación del pago de prestaciones sociales y asignaciones salariales a los servidores públicos vinculados al departamento de Arauca del sector educación, financiados con recursos del Sistema General de Participaciones, teniendo en cuenta que a ellos se les cancela de conformidad con la planta viabilizada y gastos reconocidos por el Ministerio de Educación Nacional”, dice el texto tácitamente citado de acuerdo a esta ordenanza presentado por el ejecutivo ante el seno de la Asamblea Departamental, la que fue acogida por los diputados en el año 2016.

En ese sentido, la directiva sindical de SINTRENAL, le está solicitando al gobierno departamental corregir a la mayor brevedad estos actos lesivos para el bienestar y los intereses de los funcionarios administrativos de Arauca y así volver a retomar el diálogo y la concertación con la organización sindical que representan.

El directivo de SINTRENAL, le piden al mandatario agendar una reunión con carácter urgente con la colectividad para tratar este tema y otros de importancia, ya que a fecha del 13 de junio no ha sido posible que se firme el acuerdo laboral entre la gobernación de Arauca y SINTRENAL Seccional Arauca, el cual fue radicado y discutido en los términos que establece el Decreto 160 de 2014.

 

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