Las profesionales Claudia Johana Rojas Rivera y Sandra Milena Peroza Riay, son los dos miembros que integran el Tribunal de Garantías y Vigilancia Electoral en el departamento de Arauca. El Consejo Nacional Electoral teniendo como primer deber salvaguardar la intención primigenia de los ciudadanos, expresado en las jornadas electorales, ordenó la constitución de 33 tribunales Seccionales de Garantías y Vigilancia Electoral en todo el país.
Estos ejercerán medidas preventivas que permitirán identificar posibles amenazas al proceso electoral y fiscalizar las actuaciones de los actores que intervienen en la contienda electoral del próximo domingo 27 de octubre de 2019.
Las funciones que cumplirán será la de monitorear, verificar y garantizar el cumplimiento de normas electorales por parte de los partidos, movimientos políticos, grupos significativos de ciudadanos, candidatos y demás agentes relacionados en el proceso electoral.
Recepción y trámites de las denuncias sobre irregularidades que se presenten en el proceso electoral. Para ello, el tribunal Seccional de Arauca puso a su disposición de la comunidad el siguiente correo electrónico: [email protected]
Asimismo, una vez se cuente con la asignación dela ofician en la cual operará el Tribunal Seccional se dará a conocer la correspondiente dirección.
Explican las funcionarias que no se admitirán las denuncias sin fundamente y las anónimas que no suministren pruebas o datos concretos que permitan encauzar la investigación en efecto, deberán cumplir como mínimo con los siguientes requisitos:
Nombre y apellidos completos del denunciante o del apoderado, si es el caso, con indicación del documento de identidad y la dirección de notificación física o electrónica.
Objeto de la denuncia.
Narración de los hechos en los que se sustenta la queja de manera clara y precisa.
Indicación de las pruebas que prete3nde hace valer y firmar.
Monitoreo y verificación del cumplimiento de las normas sobre propaganda electoral y de las órdenes proferidas por el Consejo Nacional Electoral sobre el particular.
Formular recomendaciones a las autoridades administrativas y de policía.
Informar a la autoridad competente de las conductas que eventualmente sean constitutivas de delito electoral.
Ejercer funciones de inspección, vigilancia y control sobre las actividades que se deben desarrollar en sus diferentes etapas, tanto por la organización electoral, como de los funcionarios públicos responsables de que el certamen electoral se desarrolle con plenas garantías.