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Procurador instó a ARL a aceptar como accidente o enfermedad laboral contagio por exposición con virus COVID-19

El Procurador General de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, instó a las ARL (Aseguradoras de Riesgos Laborales) a aceptar como accidente o enfermedad laboral los eventos en que los trabajadores resulten afectados con el virus COVID-19, cuando sea por causa o con ocasión del trabajo, y se ordene el pago de prestaciones asistenciales y económicas.

“La pandemia ocasionada por el COVID-19, ha puesto en riesgo la fuerza laboral, estando particularmente expuestos los civiles; trabajadores administrativos, médico asistenciales y de vigilancia, alimentación y aseo del sector salud; periodistas, comunicadores sociales, y demás empleados de medios de comunicación; los que prestan servicios domiciliarios; los vigilantes y supervisores de empresas de seguridad privada; personal de sistemas de transporte; personal de control fronterizo, cuerpo de bomberos, Defensa Civil y Cruz Roja; empleados de supermercados, panaderías, minimercados, empresas de servicios públicos domiciliarios, droguerías y farmacias y empleados públicos entre otros, que no pueden someterse a la obligatoria medida de aislamiento social encauzada a impedir su contagio, por desempeñarse en actividades de las cuales no puede prescindir la sociedad y el Estado”.

 En su comunicación a las ARL Seguros Alfa, Positiva Compañía de Seguros, Colmena Seguros, Sura, La Equidad Seguros, AXA Colpatria y Seguros Bolívar, el Procurador precisó que las prestaciones asistenciales incluyen: asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica; servicios de hospitalización; suministro de medicamentos, servicios auxiliares de de diagnóstico y tratamiento; rehabilitación física y profesional, y gastos de traslado necesarios para la prestación de estos servicios.

 Las prestaciones económicas corresponden a subsidio por incapacidad temporal, pensión de sobrevivientes y auxilio funerario.

 “La dura prueba por la que atraviesa el país derivada de la pandemia del COVID-19, exige hoy más que nunca el compromiso de las entidades que integran el Sistema General de Seguridad Social, que deberán orientar sus acciones inicialmente, al control del contagio y propagación de la enfermedad y luego a morigerar el impacto sobre las condiciones económicas, de salud y de vida de la población, mediante la aplicación de los beneficios a los que tienen derecho los trabajadores, que redundarán en bienestar para sus familias».

 En reciente en comunicación a los secretarios de salud departamentales sobre la protección de personal médico asistencial y administrativo que labora en hospitales, Empresas Sociales del Estado, clínicas y centros médicos en la contención del COVID-19, la Procuraduría recordó que la ARL pública o privada a la que se encuentre afiliada la ESE  tiene conjuntamente  con la IPS la “obligación de suministrar los elementos de protección personal para los trabajadores dependientes o independientes”.

 

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