Así lo determinó la Corte Constitucional en un fallo de tutela a favor de una familia que no tenía este servicio en plena pandemia por coronavirus. El servicio de energía eléctrica o tener luz en la casa hace parte del derecho fundamental que tienen todas las personas a tener una vivienda digna, independientemente de vivir en zonas rurales o urbanas, más aún en tiempos de pandemia. Así lo señaló la Corte Constitucional al fallar una tutela a favor de una familia que vive en una vereda del municipio de Gámbita, Santander, que no tiene luz en su casa desde el 2018.
La Corte Constitucional ordenó a las autoridades del municipio regularizar el acceso a la electricidad para esta familia y advirtió que en medio de una pandemia donde se adoptan medidas de aislamiento y distanciamiento social: “El servicio de energía eléctrica cobra mayor importancia para garantizar los derechos a la vivienda digna”.
La familia le argumentó a la Corte que la falta de energía también vulneraba el derecho a la educación de sus hijos porque tenían que hacer tareas con una vela, por lo que a mediano plazo podrían estar también teniendo afectaciones en la vista de los menores.
La Corte Constitucional, por ende resolvió por medio de la sentencia T-367/20 tutelar el derecho fundamental a la vivienda digna de los accionantes.