A través de un comunicado conjunto, el Ministerio de Salud y la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, UNGRD, explicaron que los contratos con los cuales se adquirió la vacuna contra el Covid-19 para el país fueron realizados bajo el derecho privado. Con el Decreto Legislativo 444 de 2020, declarado exequible por la Corte Constitucional, se creó el Fondo de Mitigación de Emergencias, FOME, como un fondo sin personería jurídica, con los procesos de contratación para la ejecución de los recursos sometidos al derecho privado y recursos están sujetos al control fiscal de la Contraloría General de la República.
Desde el pasado 14 de septiembre el Consejo de Estado aprobó que la obtención y distribución de la vacuna debía hacerse desde los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias, FOME, y el único autorizado para administrar estos recursos es el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.
Es decir, dichos contratos no fueron suscritos por el Ministro de Salud, sino por la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo a través del FOME, entonces no están cobijados por la ley 80. Por esto, no estarían en la obligación de hacerlos públicos como lo solicitan en el Congreso y otros sectores en el país.
El FOME además es financiado por el Fondo de Ahorro y Estabilización (FAE), el Fondo de Pensiones Territoriales (FONPET), el Fondo de Riesgos Laborales, los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación, y los rendimientos financieros generados por la administración de los recursos.