Lo dio a conocer Deyanira Barrero León, la Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario ICA, a través de la Resolución 32884 del 25 de septiembre de 2018, donde determina que hasta el próximo 31 de octubre se mantendrá la ampliación de la vigencia de la Zona de Contención de la Fiebre Aftosa, establecida en el artículo 1º de la Resolución 11595 de 2017.
En la comunicación se precisa que los funcionarios del ICA en el ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control en virtud de esta Resolución 32884, que tendrán el carácter de inspectores policía sanitaria, gozarán del apoyo y protección de las autoridades civiles y militares para el cumplimiento de sus funciones.
Estable igualmente la Resolución que todas las actividades relacionadas con el control oficial, se levantarán actas que deberán ser firmadas por las partes que intervienen en ellas y de las cuales se dejará una copia del lugar. Los titulares y/o administradores de predios pecuarios están en la obligación de permitir la entrada de los funcionarios del ICA para el cumplimiento de sus funciones.
Dentro de los considerandos, se indica que el ICA le corresponde expedir normas para la prevención, control y erradicación de la fiebre aftosa. Que la Ley 395 de 1997 declaró de interés social nacional y como prioridad sanitaria la erradicación de la fiebre aftosa en el territorio nacional.
Debido a la presentación del brote de fiebre aftosa tipo O que afectó a los departamentos de Cundinamarca y Arauca, fue suspendido el estatus sanitario del país como libre de fiebre aftosa con vacunación por parte de la Organización Mundial de Sanidad Animal OIE.
Con el fin de restablecer el estatus de la zona libre con vacunación del país, el ICA expidió la resolución 11595 del 22 de septiembre del 2017 por medio de la cual estableció una zona de contención de fiebre aftosa en los departamentos de Arauca, Casanare, Boyacá y Cundinamarca y las condiciones para la movilización de animales y sus productos.
Mediante comunicación del 14 de septiembre de 2018, la directora general de la OIE, solicitó información epidemiológica adicional a Colombia, la cual se encuentra en recopilación y preparación por parte del ICA para su trámite y gestión ante este organismo.
Por su parte, hasta tanto la Organización Mundial de Sanidad Animal OIE se pronuncie sobre la restitución del estatus sanitario de la Zona de Contención de fiebre aftosa, el ICA considera necesario mantener la vigencia de la mencionada zona, por lo que ha motivado a que el ICA expida esta nueva Resolución 32884.

