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Prácticas profesionales serán certificadas como experiencia laboral



Este miércoles el gobierno expidió el Decreto 616 de junio de 2021, del Ministerio de Trabajo, con el que se establece que, todas las actividades acreditadas que estén relacionadas con la profesión o disciplina académica deberán ser certificadas y tenidas en cuenta como experiencia laboral. Esto quiere decir que las prácticas laborales, pasantías, judicaturas, monitorias, contratos laborales, contratos de prestación de servicios y la participación en grupos de investigación debidamente certificados serán acreditables como experiencia profesional válida, siempre y cuando su contenido se relacione directamente con el programa académico cursado.

Para beneficiarse, el lugar donde realizó la actividad formativa debe certificar como mínimo: nombre e identificación de las partes, fecha de inicio, fecha de terminación, actividades adelantadas, horario en el que realizó dichas actividades, modalidad de vinculación o contratación realizada.

“La institución educativa a la que se encuentre adscrito el estudiante deberá realizar una verificación de la certificación anterior, para establecer: (1) si la persona que solicita el certificado de equivalencia de experiencia profesional previa era estudiante para la fecha de realización de la actividad objeto de la validación, (2) si las actividades contenidas en la certificación corresponden a temas relacionados directamente con el programa académico o formativo cursado y (3) si el estudiante terminó académicamente o es graduado” explica el gobierno.

Si el estudiante realizó monitorias, la institución deberá emitir la Certificación de equivalencia de experiencia profesional previa, en tanto dicha monitoria haya sido realizada sobre temas relacionados directamente con el programa académico o formativo cursado.

 


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