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Fue suspendido el porte de armas de fuego y municiones aun con salvoconducto en Arauca.

  • Suspendido el porte de armas en el Departamento de Arauca para el año 2017



A través  de un comunicado la Fuerza de Tarea Quirón informó a la comunidad en general en el departamento de Arauca que desde el 19 de enero hasta el 31 de diciembre del 2017 fue suspendido el porte de armas de fuego y municiones aun con salvoconducto en el departamento de Arauca.

Según el comunicado lo que se busca es preservar los derechos, las garantías y los deberes de los ciudadanos residentes en el departamento de Arauca, implementar estrategias que se aplicarán dentro del periodo establecido, orientadas a la prevención de actos de violencia que causen daño a la población civil, instituciones, servicios públicos y bienes de los particulares.

 COMUNICADO DE PRENSA 002

El Comando de la Fuerza de Tarea Quirón, unidad adscrita a la Octava División se permite informar que: 

  1. En aras de garantizar  la seguridad de todos los ciudadanos, la Décima Octava Brigada del Ejército Nacional a través de la resolución No 001 de fecha 19 de enero de 2017 determinó suspender de manera transitoria y por término definido, el porte de armas de fuego y municiones aún con salvoconducto en el departamento de Arauca, durante el lapso comprendido entre el jueves 19 de enero de 2017 hasta el domingo 31 de diciembre de 2017.
  2. El lapso de restricción al porte de armas se hará a partir de las 00:00 horas del día jueves 19 de enero de 2017 hasta las 24:00 horas del día domingo 31 de diciembre  del año en curso, exceptuándose de esta medida, los miembros activos y en uso del buen retiro de la fuerza pública, los organismos nacionales de seguridad, los Cuerpos Oficiales, los funcionarios judiciales, Fiscalía y Procuraduría, Compañías de Seguridad legalmente constituidas en el ejercicio de sus funciones, seguridad del sector empresarial u oficial, así como los miembros de los cuerpos diplomáticos reconocidos y acreditados ante el estado Colombiano y personal de escoltas legalmente acreditados y reconocidos como tal. Se exceptúa de igual manera a las personas que porten armas de fuego con autorización especial expedida por el Segundo Comandante y Jefe de Estado Mayor  de la Décima Octava Brigada en uso de sus facultades legales.
  3. Es la intención del comandante de la Fuerza de Tarea Quirón y la Décima Octava Brigada, neutralizar la amenaza de las organizaciones armadas al margen de la ley, preservar los derechos, las garantías y los deberes de los ciudadanos residentes en el departamento de Arauca, implementar estrategias que se aplicarán dentro del periodo establecido, orientadas a la prevención de actos de violencia que causen daño a la población civil, instituciones, servicios públicos y bienes de los particulares

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